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Confederación ASPACE reivindica las necesidades especiales de las mujeres con parálisis cerebral para ser atendidas en casos de violencia de género

Por su especial vulnerabilidad, las mujeres con parálisis cerebral y grandes necesidades de apoyo son susceptibles de sufrir violencia de género en todas sus manifestaciones, en especial las enmarcadas en la violencia sexual.

Son las mujeres con parálisis cerebral y otras discapacidades con grandes necesidades de apoyo, quienes tienen mayores probabilidades de sufrir este tipo de violencia en todos sus extremos: agresiones y abusos sexuales por parte de su entorno más cercano o por parte de terceras personas, negativa de su condición de mujer e imposibilidad de acceder a formación en cuestiones sanitarias como el conocimiento de su propio cuerpo, menstruación y sexualidad; dificultades para acceder a tratamientos específicos para la mujer como consultas de obstetricia y ginecología, o incluso esterilizaciones forzosas. 
 
Por todo lo anterior, desde Confederación ASPACE creemos que es extremadamente necesaria una intervención interdisciplinar para la protección de los derechos de las niñas y mujeres con parálisis cerebral. Para ello es imprescindible implantar políticas activas de empoderamiento social, la herramienta más efectiva de protección frente a la violencia de género. 
 
Asimismo, reivindicamos la implementación de una serie de medidas, recomendaciones y pautas para la protección de las mujeres con parálisis cerebral y otras discapacidades con grandes necesidades de apoyo:
 
1. Para las mujeres con parálisis cerebral sin comunicación oral, serán imprescindibles los apoyos tecnológicos y humanos, para que puedan comunicarse en igualdad de condiciones que el resto. Actualmente los sistemas alternativos y aumentativos de comunicación (SAAC) no están reconocidos como mecanismos válidos para la comunicación en procesos judiciales. Este hecho constituye una vulneración del derecho a la igualdad (art 14 de la Constitución española), así como un incumplimiento de los principios que se derivan de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU. 
 
Por otro lado, debido a la especial heterogeneidad de la parálisis cerebral, es imprescindible una diversidad de herramientas de acceso a la información y a la comunicación. Para estas mujeres es imprescindible la aplicación de la accesibilidad cognitiva y la lectura fácil en el proceso si fuera necesario.
 
2. A fin de garantizar su acceso policial y judicial en igualdad de condiciones al resto de mujeres, es ineludible la formación sobre las especificidades y necesidades de las personas con parálisis cerebral, a quienes intervienen en el proceso judicial de denuncia de la violencia de género.
 
3. Las mujeres con parálisis cerebral precisan de mayor tiempo para expresarse. Por ello los procedimientos de denuncia deben respetar sus tiempos, para evitar sustituir la voz de estas mujeres por la de profesionales. Si fuera imprescindible este apoyo, la intervención del o la profesional sería únicamente un apoyo para la mujer. La intervención de estos profesionales, deberá ser aportada, prevista y facilitada por las instancias policiales y judiciales para garantizar la neutralidad y confidencialidad del proceso.
 
Por otro lado, constatando el alto número de incapacitaciones judiciales en personas con parálisis cerebral, es importante recordar que incluso en estas situaciones, las mujeres con parálisis cerebral tienen la capacidad para denunciar. Ellas mismas como víctimas, son el sujeto principal para denunciar los delitos que se hayan cometido contra ellas. 
 
Además, no solo cuentan con capacidad para denunciar, sino que son igualmente susceptibles de testificar como víctimas. Para ello han de contar con los apoyos humanos y materiales para su participación activa en el proceso. Sólo se omitirá la testificación en el caso de que, por ausencia comprobada de la capacidad cognitiva, sea imposible la participación activa de la mujer con parálisis cerebral que denuncia. 
 

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