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Desde el movimiento ASPACE apoyamos la sentencia del Constitucional que declara discriminatoria la limitación de servicios sociales a personas con discapacidad debido a su edad

Desde el movimiento ASPACE aplaudimos y apoyamos la sentencia del Tribunal Constitucional del 22 de enero, que ha declarado nula por vulneración de derechos fundamentales, la práctica de la Comunidad de Madrid de excluir del acceso a determinadas prestaciones sociales a personas con discapacidad por motivos de edad. El Tribunal ampara así el recurso de una persona con discapacidad, a la que la Comunidad de Madrid le denegó una plaza en un centro público especializado por ser mayor de sesenta años.

La sentencia establece que la decisión del Gobierno de la Comunidad de Madrid de limitar o restringir la prestación social de residencia especializada basada en la edad es discriminatoria, pues a la persona se le deniega el disfrutar del recurso social más adecuado a sus circunstancias -una residencia especializada para discapacidad - por una mera cuestión cronológica, derivándola a una residencia genérica de personas mayores, que carece de la especialización necesaria y en la que no existen los apoyos apropiados para la persona con esa concreta discapacidad. Asimismo considera que es una discriminación doble, por violar el derecho fundamental a la igualdad, tanto por motivos de edad como por de discapacidad. El Tribunal apunta  que es necesario siempre amparar al sujeto, integrarle socialmente y asistirle independientemente de la edad que tenga.

La sentencia invoca además a la convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, como norma directamente aplicable a la hora de abordar este tipo de discriminaciones que constituyen una desprotección para el afectado, dado que contraviene el derecho a la igualdad de la constitución.

Desde el movimiento ASPACE apoyamos y nos unimos al CERMI en su demanda a la Comunidad de Madrid y al resto de Comunidades Autónomas que mantienen regulaciones limitativas de servicios sociales por razón de edad, para que revisen con urgencia sus normativas y las acompasen con los tratados internacionales ratificados por España -en especial, el de la discapacidad de Naciones Unidas de 2006- y con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

 

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